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Régimen del estado español

A finales de la década de los 70 el gobierno de España sufrió una transformación, desde el régimen autoritario (1939-1975) de Francisco Franco a una monarquía parlamentaria bajo la Constitución de 1978. Esta Constitución ha sido calificada la del concenso, pues se redactó a partir de las negociaciones y acuerdos entre los diferentes partidos políticos con representación parlamentaria. La Constitución fue aprobada por los españoles en el referéndum celebrado el 6 de diciembre de 1978 y entró en vigor el 29 de diciembre del mismo año.

El artículo I proclama que España es un Estado social y democrático de derecho, que propugna como derechos superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político; establece que la soberanía nacional reside en el pueblo español y que la forma política del estado español es la Monarquía parlamentaria.

La Constitución recoge una extensa relación de derechos fundamentales y libertades públicas de todos los ciudadanos y establece el Estado de Autonomías. Se debe destacar también el principio de separación de los poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

La cabeza del Estado español es un monarca hereditario, quien también es comandante en jefe de las Fuerzas Armadas. El rey simboliza la unidad y permanencia del Estado, representa España en las relaciones internacionales. La Constitución atribuye al Monarca tales competencias como sancionar las leyes, proponer al Congreso de los Diputados un candidato a la Presidencia del Gobierno, nombrar a los ministros o ser informado de los asuntos de Estado.

El ejercicio del poder legislativo corresponde a las Cortes Generales, que representan al pueblo español y controlan la acción del Gobierno. Están compuestas por dos Cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. Se trata del sistema parlamentario bicameral. Tanto Diputados como Senadores son elegidos por cuatro años, aunque existe la posibilidad de disolución anticipada de las Cortes a iniciativa del Presidente del Gobierno.

El Congreso de los Diputados se compone de 350 miembros. Le corresponde examinar todos los proyectos y proposiciones de ley, aunque el Senado posee el derecho de veto o de enmienda sobre el texto elaborado por el Congreso. Asimismo, es el Congreso el que otorga la investidura del Presidente del Gobierno y por ello esta Cámara puede provocar su dimisión.

El Senado es una Cámara de representación territorial y está integrado por 256 senadores (208 son elegidos por sufragio universal directo, 4 por provincia, y 48 son designados por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas). El Senado desempeña la función legislativa, el control político, los procedimientos relacionados con las Comunidades Autónomas (el Senado puede obligar a una Comunidad Autónoma a cumplir con las obligaciones que le imponen la Constitución u otras leyes), la integración con otros órganos constitucionales y la autorización de tratados y convenios internacionales.

El poder ejecutivo según la Constitución pertenece al Gobierno y le corresponde la función ejecutiva, la elaboración del proyecto de los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado.

El poder ejecutivo está en manos del presidente del gobierno, quien es propuesto por el monarca y es elegido para el cargo por el Congreso de Diputados. Él es el encargado de nombrar los miembros del Consejo de Ministros. Es un órgano colegiado formado por el presidente, el Vicepresidente (o Vicepresidentes) y los Ministros. Se reúnen habitualmente cada semana.

Asimismo, hay un órgano consultivo que es el Consejo de Estado. Es el supremo órgano consultivo del gobierno cuya función principal es consultiva y se limita a dar su opinión sobre el objeto de la consulta. Está compuesto por el pleno, la Comisión Permanente y las Secciones.

El sistema judicial en España está regido por el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Justicia es la más alta institución juridiccional del Estado. Está dividido en 7 secciones y su sede se encuentra en Madrid. Hay 17 tribunales superiores territoriales (uno en cada comunidad autónoma), 52 tribunales supremos provinciales y varios tribunales menores que se ocupan de los casos penales, laborales y de menores.

Otro tribunal importante del país es el Tribunal Constitucional que controla el cumplimiento de la Constitución.

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